¿Qué implica la nueva Directiva aprobada por la UE relativa a la eficiencia energética de los edificios?

La reducción de la contaminación y la lucha contra lo cambio climático están muy presentes en la legislación europea de los últimos años, que intensifica la creación de normativa y medidas con el objetivo de alcanzar las emisiones cero en los diferentes ámbitos económicos, productivos y sociales.

En los países de la Unión Europea, los edificios son los responsables del 36% de las emisiones de gases de efecto invernadero y 3 de cada 4 no son enerxeticamente eficientes. Por eso, en mayo entró en vigor a Directiva 2024/1275 relativa a la eficiencia energética de los edificios. Una actualización de las medidas vigentes que los gobiernos de los estados miembros deberán incorporar a sus propias legislaciones en los próximos dos años.

A continuación, resumimos algunas implicaciones de la entrada en vigor del nuevo texto legislativo, con especial mención a la energía solar.

 

PLAN NACIONAL DE RENOVACIÓN DE EDIFICIOS

Las disposiciones recogidas en la Directiva van encaminadas tanto a mejorar la eficiencia energética de los edificios en uso, centrándose en la rehabilitación de aquellos menos eficientes, como en la construcción de nuevos inmuebles. El objetivo, la descarbonización del parque inmobiliario para el año 2050.

Para conseguirlo, cada país deberá crear un plan nacional de renovación de edificios; con objetivos, políticas y medidas concretas. El plan, que afectará a edificios residenciales y no residenciales, tanto públicos como privados; establecerá unos requisitos mínimos de eficiencia energética.

De este modo, a partir de 2028, los edificios nuevos de propiedad pública deberán ser de cero emisiones. Requisito que afectará a todos los edificios de nueva creación a partir de 2030. Asimismo, los estados miembros deberán tomar las medidas necesarias que garanticen la mejora en eficiencia energética de aquellos edificios ya existentes que aborden procesos de rehabilitación.

 

MEDIDAS PARA EL IMPULSO DE LA ENERGÍA SOLAR

La nueva Directiva también se centra en el fomento de la energía solar en los distintos tipos de edificios: de organismos públicos, de oficinas y otros propios de la actividad económica, residenciales… Para eso, establece la necesidad de inclusión de políticas y medidas que impulsen la implantación de instalaciones de energía solar, que deberán quedar recogidas en los planes nacionales de renovaciones de edificios.

Por otro lado, los países europeos también deberán velar por la optimización del potencial de generación de energía solar de los edificios de nueva creación, para la posterior instalación de plantas fotovoltaicas en los mismos.

Pero la medida que cuenta con un mayor potencial de impulso de la energía solar es el establecimiento gradual de la exigencia de implantar instalaciones fotovoltaicas en los edificios, siempre que sean adecuadas y viables económica y técnicamente.

La introducción progresiva de este deber se desarrollará de la siguiente manera:

  • Al finalizar 2026: edificios públicos y no residenciales nuevos de más de 250m2.
  • Al finalizar 2027: edificios públicos existentes de más de 2.000m2 y no residenciales de más de 500m2 de superficie útil. Estos últimos cuando sean objeto de una renovación importante.
  • Al finalizar 2028: edificios públicos existentes de más de 750m2.
  • Al finalizar 2029: edificios residenciales nuevos y estacionamientos cubiertos nuevos adyacentes a edificios.
  • Al finalizar 2030: edificios públicos existentes de más de 250m2.

Este impulso de la energía solar se apoya en distintos beneficios de la misma, recogidos por dicha Directiva en las cuestiones preliminares.

  • Reducción de la dependencia energética de la UE de los combustibles fósiles.
  • Fomento de la seguridad del abastecimiento energético.
  • Impulso del desarrollo tecnológico y regional y oferta de oportunidades de empleo.

 

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