Comunidades energéticas y soberanía: Encender la luz, apagar la dependencia

Inflación y dependencia. Rusia y Argelia. Paradas en la industria y empobrecimiento energético. Vaciamientos de embalses, lavadoras por la mañana o la calefacción como un lujo. Estos y otros sobresaltos acaban por salpicar cualquier conversación que gire alrededor de la luz, de la electricidad o de la energía. Nos encontramos frente a un conjunto de circunstancias que generan una crisis energética inédita que empuja a la ciudadanía hacia una situación de extrema vulnerabilidad. A excepción de la crisis del petróleo de 1973, nunca antes una convulsión de esta naturaleza tuvo una reacción tan directa, tan inmediata y tan honda en la calidad de la vida de la gente.

A pesar de todo, esta comparación solo sirve para subrayar la excepcionalidad del momento, ya que las diferencias entre un trance histórico y el otro son tantas y tan variadas que imposibilita el reflejo en el espejo. Pero de entre todas ellas, hay que tener presente dos para abordar el asunto que trataremos en detalle en las próximas líneas:

  • En primer lugar, a nivel global estamos inmersos en un inaplazable proceso de transición ecológica con el objetivo de alcanzar la descarbonización. Hoy por hoy, la energía provoca el 60% de las emisiones de efecto invernadero globales. Como respuesta, la Agenda 2030 impulsada por Naciones Unidas, marca como objetivo irrenunciable para esta década el incremento contundente en la proporción de las renovables en el conjunto de fuentes energéticas.
  • Los avances tecnológicos actuales en los ámbitos de estas energías renovables suscitan una posibilidad que, hasta hace pocos años, resultaba imposible de divisar: el autoconsumo. Las posibilidades para un autoabastecimento a través de energías verdes abren un campo también inédito y a una escala de proximidad hasta ahora inimaginable: el propio hogar, la propia empresa.

Por lo tanto, hay alternativas. Pero no solo en la producción energética, sino también en las formas de relacionarse en el seno del mercado energético. Los rígidos límites que determinaban qué era un consumidor, qué una productora, qué una distribuidora o qué una comercializadora ya no son tan claros. Ni tan inequívocos. Ni todos son eslabones imprescindibles en la cadena para poder encender la luz de nuestro hogar. En este artículo de E.nova, nos centraremos en dos posibilidades poco exploradas en Galicia formuladas por y para la colectividad: las comunidades energéticas renovables y el autoconsumo colectivo en remoto.

 

  1. Comunidades energéticas. Es un colectivo conformado por ciudadanos, por empresas o por instituciones de proximidad que se juntan bajo el amparo de una entidad jurídica con el objetivo de generar, usar y distribuir su propia energía. Los objetivos finales de estas entidades (ya sean cooperativas, asociaciones, asociaciones empresariales o comunidades de bienes) son, principalmente, alcanzar una determinada independencia energética, la cogobernanza sobre los recursos energéticos, el ahorro en las facturas individuales y una mayor resistencia frente a fuertes convulsiones del mercado como las que estamos viviendo desde el pasado verano.

Las comunidades energéticas, además, cuentan con otra serie de ventajas que no debemos pasar por alto. En primer lugar, el reparto comunal de los gastos de instalación de los medios de producción de energía así como su mantenimiento, intercambio de electricidad entre consumidores y la posibilidad de actuar como consumidor-productor en el mercado energético. Es decir, la comunidad energética recibirá compensaciones de la red energética en los momentos que sean necesarias y podrán vender sus excedentes. Por último, las comunidades energéticas pueden recibir importantes subvenciones tanto para su constitución como para la instalación de plantas de producción eléctricas.

Porque a pesar de lo novedoso que les puede sonar a algunos oídos esta alternativa, la realidad es que ya está acotada desde 2018 por la Comisión Europea y el Ministerio para la Transición Ecológica y Reto Demográfico trabaja para dotarlas de un marco jurídico estable. Aun así, el Gobierno central ya reguló a través del Real Decreto Ley 23/2020 dos modelos diferentes: Comunidades de Energías Renovables y las Comunidades Ciudadanas de Energía.

La primera de las categorías es la que está más definida en la actualidad y les otorga el derecho inequívoco a los consumidores a emprender o a participar en proyectos renovables a través de los cuales pueden producir, consumir, almacenar y vender energías renovables, así como compartir su producción en el seno de su comunidad. De este modo, un colectivo constituido libre y legítimamente puede instalar, por ejemplo, paneles fotovoltaicos en los tejados de sus viviendas y en las cubiertas de sus naves industriales e intercambiar la energía, alcanzando una independencia del sistema tradicional de grandes eléctricas que hasta hace unos años resultaba completamente inalcanzable. Sobre todo, si tenemos en cuenta que en el ámbito residencial, el 70% de la población del estado español vive en propiedades horizontales y, por lo tanto, carece de una cubierta o de un tejado en titularidad. Esas superficies son bienes inmuebles colectivos y solo la colectividad puede disponer de ellos para la instalación de paneles.

2.Autoconsumo colectivo remoto

En este punto, nos centraremos con menor detenimiento en colectivos energéticos que carecen de una instalación propia para la producción directa. Esta es una alternativa colectivizada para aquellas entidades de reducido tamaño que, o bien no pueden asumir los costes de una instalación propia o bien carecen del espacio necesario para la colocación, por ejemplo, de placas fotovoltaicas o de sistemas eólicos.

En este caso, la comunidad (ya sea de propietarios residenciales, ya sea de empresas o ya sea un híbrido de un determinado entorno común) actúa como un agente único que puede comprar los derechos de producción de una determinada instalación (una serie de placas fotovoltaicas, por ejemplo) ubicada, pongamos por caso, en otra provincia. La entidad colectiva que contrata en remoto recibirá la misma cantidad de energía producida por sus paneles procedente de otras fuentes verdes análogas en su proximidad. Cualquier compensación que reciba de la red general en momentos de carencia, también será de energías verdes análogas. Además, los excedentes de los paneles contratados en remoto serán vendidos a la red general, de manera que el agente colectivo basculará cómo consumidor-productor.

Estos modelos serán vías cada vez más recurrentes en el futuro para ámbitos empresariales, residenciales e incluso híbridos. En E.nova estamos apostando por el modelo de comunidades energéticas renovables y puedes informarte con nosotros de todas las dudas que tengas. Encontrarás todas las respuestas.