Cómo quedan los impuestos a la electricidad en 2024

El pasado mes de marzo nos encontramos con la subida del IVA en la factura eléctrica, que se situó en el 21%. Se recuperó así el gravamen anterior a 2021; cuando el gobierno español estableció una reducción temporal de los impuestos a la electricidad para hacerle frente al insólito crecimiento en su precio, marcado por el contexto sociopolítico global.

Ante esta recuperación progresiva de los impuestos energéticos, que no solo afecta al IVA; desde E.nova Enerxía hacemos un repaso de los cambios en los tipos impositivos de la energía, recogidos en el RD-Ley 8/2023 de 27 de diciembre.

 

EVOLUCIÓN DEL IVA

El Impuesto sobre el valor añadido es un gravamen al consumo, energético en este caso; que afecta a todos los consumidores. En junio de 2021, con el creciente aumento del precio de la energía, el gobierno español implementó un IVA reducido para muchos productos. En el caso de la energía eléctrica, el impuesto quedó fijado en un 10%, reduciéndose hasta el 5% un año después.

El Real Decreto-ley 8/2023 prorrogaba hasta finales de dicho año el IVA del 5% para todos los componentes de la factura de las entregas de electricidad. En diciembre del mismo año, el Real Decreto-ley 8/2023 establecía una nueva prórroga, en esta ocasión del 10% de IVA y añadiendo condiciones:

  • El impuesto reducido solo se aplica en los contratos de suministro con una potencia contratada igual o inferior a 10kW.
  • Para los titulares de contratos que sean perceptores del bono social, el IVA será del 10% durante todo el año 2024, sin excepción.
  • Para el resto de titulares que tienen una potencia contratada igual o inferior a 10kW, será de un 10% siempre que el precio de la electricidad supere los 45MWh.

De este modo, actualmente la mayoría de los pequeños consumidores cuentan en su factura eléctrica con un IVA del 21%. Porcentaje que podrá ir variando a lo largo del año en curso, adaptándose al precio de la energía en el mercado mayorista.

EL IMPUESTO ESPECIAL DE ELECTRICIDAD

Se trata de un impuesto que tienen que abonar todos los consumidores, tengan o no consumo energético.

Con anterioridad a las medidas de urgencias aplicadas en España al gravamen energético, consistía en un 5,113% del importe del término de consumo y potencia. El Real Decreto-ley 17/2021 de 14 de septiembre redujo este impuesto a un 0,5% para paliar la subida en el precio de la electricidad que comenzó dicho año. Esta medida se fue prorrogando hasta el 31 de diciembre de 2023.

Con la aprobación del ya mencionado RD-ley 8/2023 se estableció un aumento progresivo de este tipo impositivo que se irá incrementando a lo largo del año en curso.

  • De 1 de enero a 31 de marzo , el IEE se situó en el 2.5%.
  • De 1 de abril a 31 de junio permanecerá en el 3,8%.
  • A partir de la segunda mitad del año se recuperará el porcentaje anterior a las medidas, quedando en el 5,113%.

No obstante, esta escalada en el impuesto está sujeta la una condición. En lo tocante a los usos industriales de la energía, el IEE no podrá ser inferior a 0,5€ por MWh. Para el resto de los usos, deberá alcanzar por lo menos el importe de 1€ por MWh.

IVPEE, EL IMPUESTO A LA PRODUCCIÓN

El Impuesto sobre el valor de la producción de energía eléctrica se creó en 2012 como medida de fomento de las energías limpias. Aunque se trata de un impuesto destinado a quién produce la energía, único en toda Europa; puede tener incidencia en el precio final de la factura de los consumidores.

Por este motivo, desde el gobierno español se decidió en 2021 su supresión temporal. Medida que quedó recogida en el RD-ley 12/2021 de 24 de junio sobre medidas urgentes de fiscalidad energética.

Con la estabilización del comprado energético, el RD-ley determina la recuperación paulatina de este impuesto. Durante el primero trimestre del año se situó en el 3,5%, durante el segundo está en el 5,25% y desde el tercer trimestre se recupera el tipo impositivo anterior a las medidas, estabilizándose en un 7%.

EL FUTURO DEL IVPEE

Según un trabajo del catedrático en economía Diego Rodríguez, publicado por Fedea en diciembre de 2023; el Impuesto sobre el valor de la producción de energía eléctrica se puede suprimir en cuestión de unos años. Veamos por qué.

Diego Rodríguez pronostica en su estudio que el coste de la deuda del sistema eléctrico, que actualmente se encuentra en 2.400 millones de euros, se reducirá considerablemente en 2027 y quedará liquidada en 2028. De ocurrir esto, Rodríguez establece dos posibilidades. Por un lado, que se continúe a reducir los cargos abonados por los consumidores en la factura eléctrica. Una segunda opción, la supresión definitiva del IVPEE; lo que también supondría una reducción de los importes de la factura de la luz de todos los consumidores.

PEAJES Y CARGOS

Otro de los aspectos fundamentales a la hora de leer la factura de la luz son los peajes y cargos eléctricos, pues al igual que los impuestos, tienen una incidencia directa en el coste de la electricidad.

Los peajes eléctricos, costes asociados con la transmisión y distribución de la energía eléctrica aplicados a la tarifa eléctrica básica, se establecen en los valores que recogen las siguientes tablas.