A fotovoltaica flotante: os paneis sobre os encoros

La guerra de Ucrania, la dependencia energética con Moscú y las amenazas constantes -y algunas ya cumplidas- del corte del suministro de gas ruso aceleraron los planes europeos de potenciación de energías renovables ya no solo por el urgente proceso de descarbonización, sino también para alcanzar la emancipación comunitaria a nivel energético. Dentro de los múltiples pasos que el Gobierno central quiere emprender para hacer frente a las consecuencias sociales del conflicto, nos fijamos en una que está saliendo de forma reiterada en la prensa en las últimas semanas: la instalación de paneles solares en estructuras hídricas.

El Ministerio de Transición Ecológica quiere impulsar, dicho de una manera directa, la colocación de paneles solares sobre las aguas igual que ya se hace sobre la tierra. Se abre así una nueva posibilidad de producción eléctrica: la fotovoltaica flotante. Pero eso no quiere decir que las placas solares crezcan en cualquier recurso hídrico, sino que se pondrá a disposición el conjunto de un ciento de espacios hídricos de titularidad estatal de gran tamaño (principalmente los pantanos) y un gran número aún por determinar de pequeñas instalaciones pertenecientes a otras administraciones autonómicas, provincias, mancomunadas o locales. A continuación, repasamos los principales condicionantes para esta nueva posibilidad energética:

La conexión a la red

Para la colocación de plantas fotovoltaicas flotantes en instalaciones hidráulicas, hay que tener presente un primer requerimiento: la infraestructura debe estar conectada a las redes de transporte o de distribución de energía eléctrica, ya que se pretende sumar la producción solar a la generada por las centrales hidroeléctricas. Es decir, se busca la optimización del rendimiento de las conexiones ya existentes en los embalses.

La calidad del agua

No todos los pantanos podrán acoger plantas. Dependerá de la calidad del agua y, por lo tanto, del ecosistema que acoja. De este modo, el decreto del gobierno delimita las siguientes coberturas: un 5% para aquellos pantanos que tengan productividad biológica moderada, un 15% si tiene una productividad biológica alta y un 20% si es muy elevada. En aquellos en los que la calidad sea baja y, por lo tanto, necesite mayor cantidad de luz para la actividad biológica, no se podrá instalar ninguno, igual que en lagos, lagunas y acuíferos naturales que estarán vedados.

Concesiones temporales y seguimiento

Las instalaciones de fotovoltaica flotante en sistemas hídricos de titularidad pública se otorgarán por concesiones de un máximo de 25 años. La administración podrá y deberá exigirle a la empresa concesionaria informes de evolución, de impacto ecológico, de calidad de agua o de cualquier otra cuestión que tenga que ver con el respeto a la biodiversidad, a la calidad de las aguas o de producción eléctrica.

Un máximo de 3 plantas, un 80% libres

El plan del Ministerio pretende que, independientemente de la superficie hídrica, solo se podrá instalar un máximo de tres plantas independientes. Además, solo se ocupará con paneles fotovoltaicos una quinta parte de superficie, por lo que el 80% de la misma nunca se ocuparía por instalaciones solares.